Nuestros clientes pueden contratar un seguro de cancelación a través de nuestro partner CAMPER COVER.
Contratando este seguro, el cliente que tenga una reserva podrá recuperar la totalidad del importe abonado, en determinadas situaciones.
A continuación te indicamos en detalle todas las situaciones contempladas en el seguro:
Gastos de anulación de viaje
ARAG garantiza hasta el límite indicado en las Condiciones Particulares de la póliza, y a reserva de las
exclusiones que se mencionan en estas Condiciones Generales, el reembolso de los gastos por anulación de
viaje que se produzcan a cargo del Asegurado y que le sean facturados por aplicación de las condiciones
generales de venta de la Agencia, o de cualquiera de los proveedores del viaje, siempre que anule el mismo
antes de la iniciación de este y por una de la causas siguientes sobrevenidas después de la suscripción y validez
del seguro:
1. Debido al fallecimiento o a la hospitalización, como mínimo de una noche, enfermedad grave o accidente
corporal grave de:
– Asegurado, o de alguno de sus familiares, según se establecen en la definición del Condicionado General de la
póliza.
– El sustituto profesional del Asegurado.
– De la persona encargada, durante el viaje del Asegurado, de la custodia de menores, mayores o personas con
discapacidad que estuvieran a cargo del Asegurado.
En relación con el Asegurado, por Enfermedad Grave se entiende una alteración de la salud que implique
hospitalización o necesidad de guardar cama, dentro de los 7 días previos al viaje o que, a juicio del equipo
médico de la Compañía, medicamente imposibilite el inicio del viaje en la fecha prevista.
Por Accidente Grave se entiende un daño corporal, no intencionado por parte de la víctima, proveniente de la
acción súbita de una causa externa y que, a juicio de un profesional médico, imposibilite el inicio del viaje del
Asegurado en la fecha prevista, o conlleve riesgo de muerte para alguno de los familiares citados.
Cuando la enfermedad afecte a alguna de las personas citadas, distintas del Asegurado, se entenderá como
grave cuando implique hospitalización mínima de una noche o necesidad de guardar cama por un periodo de al
menos 3 días, en ambos casos siempre que sea dentro de los 7 días previos a la iniciación del viaje o conlleve
riesgo de muerte inminente.
2. Debido al acontecimiento de un asunto grave, entendiendo como tal daños por incendio, inundación o robo
consumado, circunstancia que deberán ser acreditadas documentalmente, que afecte a la propiedad del
Asegurado y haga indispensable su presencia en su:
– Residencia principal.
– Local profesional o de negocios.
3. Debido al despido laboral del Asegurado. En ningún caso entrará en vigor esta garantía por término del
contrato laboral, renuncia voluntaria o por la no superación del período de prueba. En todo caso, el seguro
deberá haberse suscrito antes de la comunicación escrita por parte de la Empresa al trabajador.
4. Debido a la incorporación del Asegurado a un nuevo puesto de trabajo, en una empresa distinta con contrato
laboral superior a un año, siempre que la incorporación se produzca con posterioridad a la inscripción del viaje
y, por tanto, a la suscripción del seguro.
5. Debido a la convocatoria del Asegurado como parte o testigo en un tribunal.
6. Debido a la llamada para intervención quirúrgica del Asegurado, cónyuge o familiar de primer grado, así
como de pruebas médicas previas a dicha intervención. (Incluye trasplante de órganos como receptor o
donante).
7. Debido a las complicaciones graves en el estado del embarazo que, por prescripción médica, obliguen a
guardar reposo o exijan la hospitalización del Asegurado, su cónyuge, pareja de hecho o persona que como tal
conviva permanentemente con el Asegurado, siempre que dichas complicaciones pongan, a juicio del equipo
médico de la Compañía, en grave riesgo la continuidad o el necesario desarrollo de dicho embarazo.
8. Debido al parto prematuro de la Asegurada, su cónyuge, pareja de hecho o persona que como tal conviva
permanentemente con la misma.
9. Debido a la declaración judicial de concurso de acreedores de una empresa que impida al Asegurado el
desarrollo de su actividad profesional.
10. Debido a la convocatoria como miembro de una mesa electoral, para elecciones de ámbito estatal,
autonómico o municipal.
11. Debido a la entrega de un niño en adopción durante las fechas previstas del viaje.
12. Debido a la citación judicial para trámite de divorcio que se produzca con posterioridad a la suscripción del
viaje y coincida con la fecha del mismo.
13. Debido a la no concesión inesperada de visados por causas injustificadas. Queda expresamente excluida la
no concesión de visados cuando el asegurado no haya realizado las gestiones pertinentes dentro del plazo y
forma para su concesión.
14. Debido a la retención policial del Asegurado por causas no delictivas, ocurrida con posterioridad a la
suscripción del seguro, que coincida con las fechas del viaje.
15. Debido a la declaración de la renta realizada paralelamente, efectuada por el Ministerio de Hacienda y
Administraciones Públicas que dé como resultado un importe a pagar por el Asegurado superior a 600 €
16. Debido a la Imposición de una sanción de tráfico cuyo importe sea superior a 600 €.
17. Debido a la retirada del permiso de conducir siempre y cuando fuera a utilizarse el vehículo como medio de
locomoción para la realización del viaje y ninguno de los acompañantes del Asegurado pudiera sustituirle en la
conducción del vehículo.
18. Debido a la presentación a exámenes de oposiciones oficiales convocadas a través de un organismo público
con posterioridad a la suscripción del seguro.
19. Debido a la cancelación de ceremonia de boda, siempre que el viaje asegurado fuese un viaje de novios o
de luna de miel.
20. Anulación del viaje por parte de la persona que iba a acompañar al Asegurado en el viaje, inscrita al mismo
tiempo que el Asegurado, y asegurada por este mismo contrato, siempre que la anulación tenga su origen en
una de las causas enumeradas anteriormente y, debido a ello, tenga el Asegurado que viajar solo. En este
último supuesto ARAG indemnizará hasta un máximo del 50% del importe de los gastos por anulación de viaje
que se produzcan a cargo del Asegurado y que le sean facturados por aplicación de las condiciones generales
de venta de la Agencia, o de cualquiera de los proveedores del viaje.
En todo caso, es requisito indispensable que el seguro se haya suscrito y comunicado a ARAG, en el momento
de la confirmación de la reserva del viaje o en los 7 días siguientes.
Exclusiones específicas de la garantía de gastos de anulación de viaje:
Además de lo indicado en el Artículo 9 «Exclusiones» de las presentes Condiciones Generales del seguro, no se
garantizan las anulaciones de viajes que tengan su origen en:
a) Un tratamiento estético, una cura, una contraindicación de viaje aéreo, la falta o contraindicación de
vacunación, la imposibilidad de seguir en ciertos destinos el tratamiento medicinal preventivo aconsejado, la
interrupción voluntaria de embarazos, el alcoholismo, el consumo de drogas y estupefacientes, salvo que estos
hayan sido prescritos por un médico y se consuman de forma indicada.
b) Enfermedades psíquicas, mentales o nerviosas y depresiones sin hospitalización, o que justifique una
hospitalización inferior a siete días.
c) Las dolencias o enfermedades crónicas y/o preexistentes, así como sus consecuencias, que hubieran sido
tratadas o hubieran tenido cuidados médicos dentro de los 30 días anteriores, tanto a la fecha de la reserva del
viaje, como a la fecha de inclusión en el seguro.
d) La participación en apuestas, concursos, competiciones, duelos, crímenes, riñas, salvo en casos de legítima
defensa.
e) Epidemias, polución y catástrofes naturales en el país de destino del viaje.
f) Guerra (Civil o extranjera), declarada o no, motines, movimientos populares, actos de terrorismo, todo efecto
de una fuente de radiactividad, así como la inobservancia consciente de las prohibiciones oficiales.
g) La no presentación por cualquier causa de los documentos indispensables en todo viaje, tales como
pasaporte, visado, billetes, carnet o certificado de vacunación.
h) Los actos dolosos, así como las autolesiones causadas intencionadamente, el suicidio o el intento de suicidio.
El importe de este seguro se calcula en función del importe total del viaje.
3% para viajes de hasta 1.000€
5% para viajes de más de 1.000€
En caso de contratar el seguro, el importe de la reserva deberá corresponder con el importe total del viaje, de lo contrario, en caso de hacer uso del seguro, la aseguradora solo abonará la cantidad entregada en la reserva. Es decir, se deberá abonar el viaje completo o la suma que se quiere asegurar, por adelantado.
Para mas información o dudas concretas, se puede contactar con la aseguradora en este número: